Última revisión
Contrato de depósito irregular
Relacionados:
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 28/05/2019
Resumen:
"Para que el depósito sea mercantil, se requiere:
1º. Que el depositario, al menos, sea comerciante.
2º. Que las cosas depositadas sean objeto de comercio.
3º. Que el depósito constituya por sí una operación mercantil o se haga como causa a consecuencia de operaciones mercantiles." (Art. 303 Código de Comercio)
Asimismo, nos encontramos ante un contrato de depósito irregular, esto es, de un bien que puede ser consumido por el depositario, debiendo devolver otro tanto de lo mismo, procediendo a su regulación los arts. 1760 y ss. del Código civil.
En [CIUDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
De una parte, D/Dña[ NOMBRE CLIENTE], mayor de edad, con DNI número [NÚMERO] y domicilio en [DOMICILIO CLIENTE], en lo sucesivo DEPOSITANTE
Y de otra, …
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