Contrato de división material de comunidad hereditaria
- Orden: Civil
- Fecha última revisión: 21/03/2023
- Resumen:
El artículo 1058 del Código Civil dispone que «Cuando el testador no hubiese hecho la partición, ni encomendado a otro esta facultad, si los herederos fueren mayores y tuvieren la libre administración de sus bienes, podrán distribuir la herencia de la manera que tengan por conveniente».
Por lo tanto, ante los referidos supuestos, los herederos podrán formalizar un contrato privado de partición de la herencia, como se propone en este formulario.
En [LOCALIDAD], a [DÍA] de [MES] de [AÑO].
REUNIDOS
Don/Doña [NOMBRE CLIENTE], mayor de edad, estado civil [ESTADO CIVIL], con domicilio en [DOMICILIO] y con DNI n.º [NÚMERO].
Don/Doña [NOMBRE CLIENTE], mayor de edad, estado civil [ESTADO CIVIL], con domicilio en [DOMICILIO] y con DNI n.º [NÚMERO].
Don/Doña [NOMBRE CLIENTE], mayor de edad, estado civil [ESTADO CIVIL], con domicilio en [DOMICILIO] y con DNI n.º [NÚMERO].
INTERVIENEN
Todos en su propio nombre y derecho, reconociéndose la mutua capacidad y legitimación suficiente para contratar y obligarse, y en concreto, para constituir el presente CONTRATO DE DIVISIÓN MATERIAL DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA. A tal efecto
EXPONEN
I.- Los suscriptores son sucesores legales de su padre (fallecido sin testamento) de conformidad con el artículo 930 del
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RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Pontevedra don César Cunqueiro González Seco, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad Interina de Vigo número 5, doña Isabel Rodríguez Parada, a inscribir una escritura de compraventa, en virtud de apelación del recurrente.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 05/05/1999
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RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Pontevedra, don César Cunqueiro González Seco, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Vigo número 5, don Antonio Manuel Fernández Sarmiento, a inscribir una escritura de compraventa, en virtud de apelación del recurrente.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 06/05/1999
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Resolución de 23 de julio de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Negreira, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 23/07/2015