Última revisión
23/10/2020
Contrato de prestación de servicios de publicidad (marketing)
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Tiempo de lectura: 13 min
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 23/10/2020
El artículo 13 de la Ley General de Publicidad nos define el contrato de publicidad de la siguiente manera:
"Contrato de publicidad es aquél por el que un anunciante encarga a una agencia de publicidad, mediante una contraprestación, la ejecución de publicidad y la creación, preparación o programación de la misma.
Cuando la agencia realice creaciones publicitarias, se aplicarán también las normas del contrato de creación publicitaria".
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PUBLICITARIOS
En [LOCALIDAD], a [FECHA].
REUNIDOS
DE UNA PARTE.- D./Dña. [NOMBRE], mayor de edad, con N.I.F. núm. [DNI] y domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO].
DE la OTRA.- D./Dña. [NOMBRE], mayor de edad, con N.I.F. núm. [DNI] y domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO].
INTERVIENEN
- El primero en nombre y representación de la sociedad [NOMB...
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