Última revisión
01/03/2019
Contrato de préstamo entre particulares sin intereses
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 4 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/03/2019
Según el artículo 1755 del Código Civil: "No se deberán intereses sino cuando expresamente se hubiesen pactado", por lo que debe figurar expresamente en el contrato.
REUNIDOS
Nº [NUMERO]
En [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
De una parte D./Dña. [NOMBRE CLIENTE], mayor de edad, con domicilio en [DOMICILIO], y DNI núm. [NÚMERO], desde ahora denominado PRESTAMISTA
Y de otra D./Dña. [NOMBRE PARTE CONTRARIA] , con domicilio en [DOMICILIO] y DNI núm. [NÚMERO] , desde ahora denominado PRESTATARIO
Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho, rec...
Ver el documento "Contrato de préstamo entre particulares sin intereses"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
