Última revisión
Contrato de redención de censo enfitéutico
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 15/03/2019
Resumen:
"Para llevar a efecto la redención, el censatario deberá avisarlo al censualista con un año de antelación, o anticiparle el pago de una pensión anual." (Artículo
Según el art.
"El censo enfitéutico sólo puede establecerse sobre bienes inmuebles y en escritura pública." (art. 1628 CC )
Los gastos que se ocasionen para la redención y liberación del censo serán de cuenta del censatario, salvo los que se causen por oposición temeraria, a juicio de los Tribunales. ( Art. 1612
La enfiteusis se distingue de la compraventa porque en la enfiteusis se transmite solo el dominio útil, mientras que en la compraventa se transmite el pleno dominio. La duración de la enfiteusis es indefinida, cuando la del arrendamiento es limitada. Por último, se diferencia del usufructo vitalicio, porque este se extingue con la muerte del usufructiario, y la enfiteusis es transmisible por herencia.
En [CIUDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO].
REUNIDOS
De una parte, D. [NOMBRE CLIENTE], mayor de edad, con domicilio en [DOMICILIO] y DNI núm. [NÚMERO] en adelante el CENSUALISTA.(1)
Y de otra, D. …
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