Última revisión
Contrato de uso de vivienda en precario
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 15/03/2019
Resumen:
A través de la figura del precario, el dueño, usufructuario o poseedor legal de una propiedad, cede el uso de la misma a otro individuo (precarista) de forma gratuita, sin pago de renta alguna, por mera tolerancia y sin título que justifique el goce del bien.
El concepto de precario no tiene una regulación legal expresa, sino que es una concepto de creación doctrinal y jurisprudencial. Esta situación suele darse con relativa frecuencia cuando los propietarios ponen una vivienda a disposición de un familiar, amigo o conocido, y también tiene lugar cuando el que la ocupa es un extraño al dueño y lo hace sin su permiso o que tiene un título extinguido que ya ha perdido su eficacia.
Al estar delante de hechos negativos, se atribuye al demandado la carga de probar lo que se oponga a esta afirmación. De conformidad con las reglas de la carga de la prueba del art. 217
En [CIUDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
REUNIDOS
De una parte, D./Dª. [NOMBRE CLIENTE], mayor de edad, con DNI [NÚMERO] y domicilio en [ESPECIFICAR], desde ahora la PROPIEDAD
Y de otra parte, D./D.ª …
Ver el documento "Contrato de uso de vivienda en precario"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
Responsabilidad extracontractual derivada de accidente dentro de una iglesia católica
12.75€
12.11€