Última revisión
Contratos de figuración para la realización de una obra audiovisual (figurantes)
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
El contrato de figuración quedará regulado por su contenido contractual, en el Convenio colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y los figurantes que prestan servicios en las mismas, por la regulación de Seguridad Social del Régimen integrado de artistas en el Régimen General de la Seguridad Social y supletoriamente por el Estatuto de los Trabajadores.
Modelo contenido en el convenio colectivo estatal regulador de las relaciones laborales entre los productores de obras audiovisuales y los figurantes que prestan servicios en las mismas.
Datos de la empresa:
CIF/NIF/NIE: [NUMERO]
Nombre o razón social de la empresa: [NOMBRE_EMPRESA]
Domicilio social: [DENOMINACION_SOCIAL]
Datos de la cuenta de cotización:
Régimen [ESPECIFICAR] Número: [ESPECIFICAR]
Datos del/de la trabajador/a:
D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A] NIF/NIE: [NUMERO]
Fecha de nacimiento [FECHA] Tfno. movil: [NUMERO]
N.º afiliación Seguridad Social: [NUMERO] Nacionalidad: [ESPECIFICAR]
DECLARAN
Que reúnen los requisitos exigidos para la celebración del presente contrato y, en su consecuencia, acuerdan formalizarlo con arreglo a las siguientes:
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