Demanda en materia de movilidad geográfica (traslado individual del trabajador)
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Demanda en materia de mov...rabajador)

Última revisión
01/01/2023

Demanda en materia de movilidad geográfica (traslado individual del trabajador)

Tiempo de lectura: 8 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

Tal como dispone la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) en su art. 138, el proceso de impugnación de una decisión empresarial de movilidad geográfica se iniciará por demanda de los trabajadores afectados. La demanda deberá presentarse en el plazo de caducidad de los veinte días hábiles siguientes a la notificación por escrito de la decisión a los trabajadores o a sus representantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, plazo que no comenzará a computarse hasta que tenga lugar dicha notificación, sin perjuicio de la prescripción en todo caso de las acciones derivadas por el transcurso del plazo previsto en el apartado 2 del artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores.

El procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente. El acto de la vista habrá de señalarse dentro de los cinco días siguientes al de la admisión de la demanda, y la sentencia deberá ser dictada en el plazo de cinco días y será inmediatamente ejecutiva. Contra la misma no procederá ulterior recurso, salvo en los supuestos de movilidad geográfica previstos en el apartado 2 del artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores, en los de modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo cuando tengan carácter colectivo de conformidad con el apartado 4 del artículo 41 del referido Estatuto, y en las suspensiones y reducciones de jornada previstas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores que afecten a un número de trabajadores igual o superior a los umbrales previstos en el apartado 1 del artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.

La sentencia que declare injustificada la medida reconocerá el derecho del trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones de trabajo, así como al abono de los daños y perjuicios que la decisión empresarial hubiera podido ocasionar durante el tiempo en que ha producido efectos.

Cuando el empresario no procediere a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo o lo hiciere de modo irregular, el trabajador podrá solicitar la ejecución del fallo ante el Juzgado de lo Social y la extinción del contrato por causa de lo previsto en la letra c) del apartado 1 del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, conforme a lo establecido en los artículos 279, 280 y 281, LJS

Este proceso estará exento de la necesidad de plantear solicitud de conciliación previa ex art. 64 LRJS.

Para interponer demanda ante el juzgado de lo social solicitando que la decisión empresarial de traslado sea declarada nula, la persona trabajadora podrá valerse del siguiente formulario.


AL JUZGADO DE LO SOCIAL N.º [NUMERO] DE [LOCALIDAD]

 

D./D.ª [NOMBRE_LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL], en calidad de Letrado y representante de D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR], correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO] y telf. [NUM_TLF], representación que acredito mediante copia de escritura de apoderamiento que acompaño, y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO_DESPACHO], ante este Juzgado de lo Social, comparece y como mejor proceda en Derecho, DICE:

Que formula demanda de impugnación de la decisión empresarial de modificar substancialmente las condiciones del contrato de trabajo (MOVILIDAD GEOGRÁFICA) contra la empresa [NOMBRE_EMPRESA], domiciliada en [DOMICILIO_SOCIAL], en base a los siguientes

 

HECHOS

 

Primero.- El demandante viene prestando sus servicios en la empresa demandada desde el [FECHA], en calidad de [ESPECIFICAR] y percibiendo una retribución [DESCRIPCION] de [CANTIDAD] euros, una vez prorrateadas las pagas extraordinarias correspondientes.

Segundo.- Con fecha [FECHA] del año en curso, se le comunica la decisión empresarial de, con efectividad de [FECHA], modificar las condiciones de trabajo, cambiando el centro de trabajo en el que viene prestando servicios desde [FECHA] -sito en [DIRECCION]- por el situado a [NUMERO] km. de distancia del actual - situado en [DIRECCION], lo que implicaría la necesidad de un cambio de residencia de mi mandante. (Se adjunta como doc. n.º 1 copia de la comunicación empresarial de traslado individual).

Tercero.- Las causas esgrimidas por la mercantil demandada en la referida comunicación para justificar la necesidad del traslado de mi mandante son:

- [DESCRIPCION]

- [DESCRIPCION]

- [DESCRIPCION]

Cuarto.- La modificación de condiciones de trabajo de caracter individual que ampara la decisión empresarial de aplicar el art. 40.1, ET, que ahora se impugna, es gravemente lesiva para los intereses del trabajador, toda vez que [ESPECIFICAR].

Quinto.- La propuesta empresarial se base en hechos inciertos, injustificados, insuficientes y carentes de lógica toda vez que el art. 40, ET citado, exige para el traslado de trabajadores que no hayan sido contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que exija cambios de residencia «razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen». Adquiriendo esta consideración las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa, así como las contrataciones referidas a la actividad empresarial, supuesto que no se cumple en ningún caso.

Sexto.- PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN LABORAL. Que la decisión adoptada por la mercantil resulta nula conforme a la existencia de una conducta discriminatoria frente a mi representado toda vez que la decisión impugnada tiene como verdadero motivo

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