Última revisión
Demanda de reclamación de indemnización por daños en maquinaria agrícola a la compañía de seguros
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 26/02/2024
Resumen:
El art. 18 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro establece:
«El asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. En cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas.
Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado».
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en …
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