Última revisión
Denegación de prórroga del período de excedencia voluntaria solicitado por el trabajador
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 02/07/2024
Resumen:
El art. 46 del ET no concede al trabajador el derecho a obtener una prórroga de la excedencia voluntaria ?aunque esta sí se puede establecer en el convenio colectivo aplicable? por lo que la concesión de la prórroga es una posibilidad que queda a elección de la empresa (salvo que el convenio aplicable regule este derecho).
Según la STS, rec. 2366/2010, de 20 de junio de 2011, ECLI:ES:TS:2011:4705, cualquier prórroga de la excedencia voluntaria ?aunque marque un periodo de entre 4 meses y cinco años una vez solicitada? se entenderá como el nuevo ejercicio del derecho, fijando el Estatuto que tienen que transcurrir cuatro años desde la anterior excedencia para poder solicitarlo. Por tanto, el empresario no está obligado a conceder prórrogas a las excedencias voluntarias solicitadas.
En [LUGAR], a [DÍA] de [MES] de [AÑO].
[DATOS_EMPRESA].
D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].
Muy Sr./Sra. mío/mía:
Por medio de la presente, y tras haber recibido su solicitud de la prórroga de la …
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