Última revisión
Denuncia por riña tumultuaria
Relacionados:
Orden: penal
Fecha última revisión: 02/02/2024
Resumen:
El delito de riña tumultuaria se tipifica en el art. 154 CP y determina que:
«Quienes riñeren entre sí, acometiéndose tumultuariamente, y utilizando medios o instrumentos que pongan en peligro la vida o integridad de las personas, serán castigados por su participación en la riña con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.»
Ante la comisión de los referidos hechos es posible presentar la correspondiente denuncia, con ayuda del siguiente modelo.
A TENER EN CUENTA. En la nueva redacción del art. 265 LECrim, otorgada por Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, se incluye un nuevo apartado segundo que regula el contenido de la denuncia, estableciendo que en ella se habrá de identificar la persona denunciante e incluir la narración circunstanciada del hecho denunciado. En caso de persona jurídica o ente sin personalidad jurídica, deberá identificarse también la persona física que formula la denuncia en su nombre, indicando su relación con la persona jurídica o el ente sin personalidad denunciante. Igualmente, si fueran conocidas, contendrá la identificación de las personas que lo hayan cometido y de quienes lo hayan presenciado o tengan información sobre él. También indicará la existencia de cualquier fuente de conocimiento de la que el denunciante tenga noticia, que pueda servir para esclarecer el hecho denunciado.
Este formulario se encuentra actualizado a la referida reforma.
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE [LOCALIDAD] QUE POR TURNO DE REPARTO CORRESPONDA
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña …
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