Última revisión
30/04/2025
Acta de junta de propietarios acordando el ejercicio de acción de cesación contra propietario y ocupante que realiza actividades prohibidas
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Orden: civil
Fecha última revisión: 30/04/2025
Tal y como dispone el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal, al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes. Si el infractor persistiere en su conducta el presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario.
ACTA DE JUNTA DE PROPIETARIOS ACORDANDO EL EJERCICIO DE UNA ACCIÓN DE CESACIÓN CONTRA UN PROPIETARIO Y OCUPANTE QUE REALIZA ACTIVIDADES PROHIBIDAS (1)
En [LUGAR], a [FECHA] (2)
Se celebra una reunión extraordinaria (3) de la Junta de Propietarios correspondiente a la comunidad de propietarios del edificio [DESCRIPCIÓN].
La junta ha sido convocada por el presidente de la junta de propietarios, D./D....
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