Última revisión
Escrito de la administración concursal al juzgado determinando actos que puede realizar el deudor
Relacionados:
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 11/10/2022
Resumen:
A TENER EN CUENTA. El presente formulario se encuentra actualizado a la reforma operada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, con efectos desde el 26/09/2022.
Artículo 112 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. Autorización general de determinados actos u operaciones en caso de intervención.
«Con el fin de facilitar la continuación de la actividad profesional o empresarial del concursado, la administración concursal, en caso de intervención, podrá autorizar, con carácter general, aquellos actos u operaciones propios del giro o tráfico de aquella actividad que, por razón de su naturaleza o cuantía, puedan ser realizados por el concursado o por su director o directores generales».
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. [NUMERO] DE [PROVINCIA]
- D./D.ª [NOMBRE_ADMINISTRADOR_CONCURSAL]
- D./D.ª [NOMBRE_ADMINISTRADOR_CONCURSAL]
- (...)
Administradores concursales del procedimiento concurso voluntario que con el número de autos [NUMERO], ante este juzgado se sigue frente a la mercantil [NOMBRE_EMPRESA],
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