Última revisión
25/11/2025
Escrito de alegaciones en procedimiento contencioso-administrativo de protección de los derechos fundamentales
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 25/11/2025
En sede del procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales de la persona regulado en los artículos 114 a 122 quater de la LJCA, se prevé que una vez formalizada la demanda, el/la letrado/a de la Administración de Justicia dé traslado de ella, con entrega del expediente administrativo, al Ministerio Fiscal y a las partes demandadas para que formulen las alegaciones que consideren en el plazo común e improrrogable de ocho días y acompañen los documentos oportunos.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
N.I.G: [ESPECIFICAR].
Procedimiento: PROTECCIÓN DERECHOS FUNDAMENTALES [NÚMERO].
Sobre: [ESPECIFICAR].
De: don/doña [NOMBRE].
Abogado/a: don/doña [NOMBRE].
Procurador/a: don/doña [NOMBRE].
Contra: [ESPECIFICAR]. (1)
Abogado/a: don/doña [NOMBRE].
Procurador/a: don/doña [NOMBRE].
AL [ÓRGANO] (2)
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales de [LUGAR], con n.º de colegiado/a [NUMEROCOLE...
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