Última revisión
Allanamiento del demandado respecto al contenido total de la demanda en el orden social
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El Letrado de la Administración de Justicia intentará la conciliación, llevando a cabo la labor mediadora que le es propia, y advertirá a las partes de los derechos y obligaciones que pudieran corresponderles. Si las partes alcanzan la avenencia, dictará decreto aprobándola y acordando, además, el archivo de las actuaciones. Del mismo modo, corresponderá al Letrado de la Administración de Justicia la aprobación del acuerdo alcanzado por las partes antes del día señalado para los actos de conciliación y juicio. La conciliación y la resolución aprobatoria, oral o escrita, se documentarán en la propia acta de comparecencia.
La conciliación alcanzada ante el Letrado de la Administración de Justicia y los acuerdos logrados entre las partes aprobados por aquél tendrán, a todos los efectos legales, la consideración de conciliación judicial.
AL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Autos: [NUMERO]
D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], con domicilio en [LOCALIDAD] demandado en los presentes autos, instados por D./D.ª …
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