Última revisión
Escrito de certificado de existencia de deudas (CATALUÑA)
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 02/09/2022
Resumen:
Según el artículo 553-5.2 del Código Civil de Cataluña:
«Los transmitentes de un elemento privativo deben declarar que están al corriente de los pagos que les corresponden o, si procede, deben especificar los que tienen pendientes y deben aportar un certificado relativo al estado de sus deudas con la comunidad, expedido por quien ejerce la secretaría, en el que deben constar, además, los gastos comunes, ordinarios y extraordinarios, y las aportaciones al fondo de reserva aprobados pero pendientes de vencimiento. Sin esta manifestación y esta aportación no puede otorgarse la escritura pública, salvo que las partes renuncien expresamente a ellas. En cualquier caso, sin perjuicio de la afección real establecida por el apartado 1, el transmitente responde de la deuda que tiene con la comunidad en el momento de la transmisión».
D./Dña. [NOMBRE_SECRETARIOCOMUNIDAD] con DNI número [NÚMERO] y domicilio en la Calle [CALLE], n.º [NÚMERO], del municipio de [LOCALIDAD], en calidad de secretario/administrador de la comunidad de propietarios del edificio [DESCRIPCIÓN], con CIF [NÚMERO], sita en la avenida [CALLE], del municipio de [LOCALIDAD], código Postal [CÓDIGO POSTAL], mediante la presente, en cumplimiento de lo previsto en el
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