Última revisión
Escrito de conclusiones definitivas de la acusación en procedimiento ordinario
Relacionados:
Orden: penal
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
En relación con el juicio penal ordinario, dispone el art. 732 LECrim que «Practicadas las diligencias de la prueba, las partes podrán modificar las conclusiones de los escritos de calificación.
En este caso formularán por escrito las nuevas conclusiones y las entregarán al Presidente del Tribunal.
Las conclusiones podrán formularse en forma alternativa, según lo dispuesto en el artículo 653.», esto es, presentando sobre cada uno de los puntos que han de ser objeto de la calificación, dos o más conclusiones para que si no resultare procedente la primera, pueda estimarse cualquiera de las otras en la sentencia.
Con arreglo a lo expuesto, el modelo disponible a continuación, permite a la acusación presentar escrito de conclusiones definitivas, cuando se modifican considerablemente los hechos, o cuando son especialmente complejos, una vez concluida la práctica de las pruebas en el acto del juicio oral.
A LA SALA DE LO PENAL DE [ÓRGANO COMPETENTE]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, provisto de DNI …
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