Ejercicio de la opción de indemnizar por parte de la empresa en despido improcedente
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Última revisión
02/01/2023

Ejercicio de la opción de indemnizar por parte de la empresa en despido improcedente

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 02/01/2023

Resumen:

Tal como dispone el art. 110.1 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social:

«1. Si el despido se declara improcedente, se condenará al empresario a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, así como al abono de los salarios de tramitación a los que se refiere el apartado 2 del artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o, a elección de aquél, a que le abone una indemnización, cuya cuantía se fijará de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 56 de dicha Ley, con las siguientes particularidades:

a) En el acto de juicio, la parte titular de la opción entre readmisión o indemnización podrá anticipar su opción, para el caso de declaración de improcedencia, mediante expresa manifestación en tal sentido, sobre la que se pronunciará el juez en la sentencia, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 111 y 112.

b) A solicitud de la parte demandante, si constare no ser realizable la readmisión, podrá acordarse, en caso de improcedencia del despido, tener por hecha la opción por la indemnización en la sentencia, declarando extinguida la relación en la propia sentencia y condenando al empresario a abonar la indemnización por despido, calculada hasta la fecha de la sentencia.

c) En los despidos improcedentes de trabajadores cuya relación laboral sea de carácter especial, la cuantía de la indemnización será la establecida, en su caso, por la norma que regule dicha relación especial.»

Añade el apartado tercero del propio art. 110 que «La opción deberá ejercitarse mediante escrito o comparecencia ante la oficina del Juzgado de lo Social, dentro del plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia que declare el despido improcedente, sin esperar a la firmeza de la misma, si fuera la de instancia.» El siguiente modelo facilita la redacción del citado escrito.


AL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO [NUMERO_JUZGADO] DE [PROVINCIA]

 

D./D.ª [NOMBRE], con D.N.I. n.º [DNI], en su calidad de representante legal de la empresa [NOMBRE_EMPRESA] demandada en el procedimiento seguido con el número [NUMERO], ante ese JUZGADO DE LO SOCIAL comparece y como mejor proceda en

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