Última revisión
Comunicación al trabajador de las horas extra diarias realizadas
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
A los efectos de computar las horas extraordinarias, se registrará día a día la jornada del trabajador, totalizándose después estas horas en el período fijado para su abono. Al trabajador, en el recibo correspondiente, se le deberá entregar un resumen en el que consten todas las horas trabajadas, ordinarias y extraordinarias. Todo ello se desprende de los arts. 35.5 del Estatuto de los Trabajadores y de la D.A. 3ª letra b) del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, preceptos a los que la empresa podrá dar cumplimiento con ayuda del siguiente modelo.
RESUMEN DE JORNADA REALIZADA POR LA PERSONA TRABAJADORA EN EL PERÍODO DE [DIA] DE [MES] DE [AÑO] A [DIA] DE [MES] DE [AÑO]
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