Última revisión
Recurso contencioso-administrativo contra acto presunto
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 23/11/2023
Resumen:
Según el apdo. 1 del art. 25, Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa: «El recurso contencioso-administrativo es admisible en relación con las disposiciones de carácter general y con los actos expresos y presuntos de la Administración pública que pongan fin a la vía administrativa, ya sean definitivos o de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos».
El artículo 45 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, determina por su parte respecto de la forma que ha de adoptar el recurso que: «El recurso contencioso-administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando esta Ley disponga otra cosa».
AL [ORGANO] (1)
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] procurador de los tribunales, en nombre y representación de [NOMBRE_CLIENTE], según copia de escritura de poder que debidamente bastanteada acompaño, comparezco ante este tribunal y como mejor proceda en Derecho,
D IG O
Mediante el presente escrito interpongo (2), al amparo del Art. 25 de la Ley reguladora de la Jurisdicción
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