Escrito al juzgado de no aceptación del nombramiento como administrador concursal
- Orden: Mercantil
- Fecha última revisión: 15/09/2022
- Resumen:
A TENER EN CUENTA. El presente formulario se encuentra actualizado a la reforma operada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, con efectos desde el 26/09/2022.
Con relación a la administración concursal, la disposición transitoria quinta de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, establece «En tanto no se apruebe por el Gobierno, conforme a la disposición final decimotercera, el Reglamento de la administración concursal en el que se establecerá el acceso a la actividad, el nombramiento de los administradores concursales y su retribución, continuarán resultando de aplicación la disposición transitoria única del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, así como, en materia de arancel, la disposición transitoria tercera de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social».
Por su parte, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 de la DT única del TRLC, los artículos 57 a 63 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, entrarán en vigor cuando se apruebe el reglamento a que se refiere la DT 2.ª de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre. Mientras tanto permanecerán en vigor los artículos 27, 34 y 198 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, en la redacción anterior a la entrada en vigor de la citada Ley 17/2014.
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], con NIF [NUMERO] y domicilio a efectos de notificación en [DOMICILIO] como así consta en la escritura pública de otorgamiento de poder general para pleitos, y que se adjunta al presente escrito como documento núm., bajo la asistencia técnica de D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], abogado/a con el núm. de colegiado [NÚMERO_COLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE], ante el juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho,
DIGO
Que, por medio del presente escrito, manifiesta la no aceptación del nombramiento como administración concursal a tenor de los establecido en los artículos 62, 64 y 65 del Real Decreto 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal (en adelante TRLC).
ALEGACIONES
PRIMERO.- Con fecha [FECHA] se ha notificado mediante providencia la declaración de concurso de la mercantil [NOMBRE_SOCIEDAD], mediante auto [AUTO].
SEGUNDO.- En dicho
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Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 127 Fecha de Publicación: 07/05/2020 Fecha de entrada en vigor: 01/09/2020 Órgano Emisor: Ministerio De La Presidencia, Relaciones Con Las Cortes Y Memoria Democratica
- D.A. 2ª. Participación de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación en los procedimientos de mediación concursal.
- D.A. 1ª. Haciendas Forales.
- Artículo 755. Competencia judicial internacional respecto de filiales extranjeras.
- Artículo 754. Especialidades en materia de ley aplicable.
- Artículo 753. Regla general.
Ley 16/2022 de 5 de Sep (Reforma del texto refundido de la Ley Concursal, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 214 Fecha de Publicación: 06/09/2022 Fecha de entrada en vigor: 26/09/2022 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 19ª. Entrada en vigor.
- D.F. 18ª. Título competencial.
- D.F. 17ª. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- D.F. 16ª. Reglamento sobre estadística concursal.
- D.F. 15ª. Reglamento de comunicaciones entre la Fiscalía y el Gobierno o entre la Fiscalía y los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas.
Ley 25/2015 de 28 de Jul (Mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 180 Fecha de Publicación: 29/07/2015 Fecha de entrada en vigor: 30/07/2015 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
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Orden: Civil Fecha: 11/07/2016 Tribunal: Juzgados De Lo Mercantil - Madrid Ponente: Vaquer Martín, Francisco Javier Num. Recurso: 354/2014
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Resolución Vinculante de DGT, V1819-10, 04-08-2010
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 04/08/2010 Núm. Resolución: V1819-10
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Resolución Vinculante de DGT, V4008-16, 21-09-2016
Órgano: Sg De Impuestos Sobre Las Personas Jurídicas Fecha: 21/09/2016 Núm. Resolución: V4008-16
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Resolución de 2 de diciembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad accidental de Palma de Mallorca n.º 4 a inscribir una escritura de constitución de hipoteca durante la fase de liquidación del concurso.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 02/12/2019
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Resolución de 5 de junio de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Denia n.º 1 a inscribir una escritura de compraventa.
Órgano: Dirección General De Seguridad Jurídica Y Fe Pública (antes Dirección General De Registros Y Notariado) Fecha: 05/06/2019