Última revisión
Escrito al juzgado de renuncia de administrador concursal
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/03/2024
Resumen:
A TENER EN CUENTA. El presente formulario se encuentra actualizado a la reforma operada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, con efectos desde el 26/09/2022.
Con respecto a la renuncia del administrador concursal, el artículo 71 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal dispone que,
«1. Una vez aceptado el cargo, el nombrado solo podrá renunciar por causa grave o por haber perdido de forma sobrevenida las condiciones exigidas para ejercer el cargo.
2. Por excepción a lo establecido en el apartado anterior, la Administración pública acreedora o la entidad acreedora vinculada o dependiente de aquella que hayan sido nombradas segundas administradoras concursales podrán renunciar al nombramiento en cualquier momento».
Número de autos: [NÚMERO]
Concurso número: [NÚMERO]
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. [NÚMERO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_ADMINISTRADOR_CONCURSAL], administrador concursal designado en el expediente …
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