Última revisión
Ejercicio de la opción entre readmisión o indemnización por parte del representante de los trabajadores despedido de forma improcedente
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
A tenor de lo dispuesto en los arts. 110 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y 56 del Estatuto de los Trabajadores, en caso de que se declarase improcedente el despido de un representante legal o sindical de los trabajadores, la opción entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o el abono de la indemnización correspondiente, así como al abono de los salarios de tramitación a los que se refiere el apartado 2 del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, corresponderá al trabajador.
La referida opción se ejercitará ante el Juzgado de lo Social, mediante un escrito que podrá redactarse con ayuda del siguiente modelo.
N.º PROCEDIMIENTO [NUM_PROCEDIMIENTO]
AL JUZGADO DE LO SOCIAL [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_LETRADO/GRADUADO_SOCIAL] (1), en calidad de Letrado/a (Graduado/a Social) y representante de D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A], representación que acredito mediante copia de escritura de apoderamiento que acompaño, y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], ante este Juzgado de lo Social, comparece y como mejor proceda en derecho, DICE:
Que en virtud de lo establecido en el apdo. 2, del artículo 110 de la
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