Última revisión
Solicitud de la administración concursal de la apertura de fase de liquidación por cese de actividad profesional o empresarial
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 13/10/2022
Resumen:
A TENER EN CUENTA. El presente formulario se encuentra actualizado a la reforma operada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, con efectos desde el 26/09/2022.
El artículo 408 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, sobre la apertura de la liquidación a solicitud del deudor, el acreedor o de la administración concursal dispone que:
«La administración concursal podrá solicitar la apertura de la fase de liquidación en caso de cese total o parcial de la actividad profesional o empresarial. De la solicitud se dará traslado al concursado por plazo de tres días. El juez resolverá sobre la solicitud mediante auto dentro de los cinco días siguientes».
Concurso n.º [NUM_AUTOS]
[NOMBRE_EMPRESA]
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. [NUMERO] DE [PROVINCIA]
D./D.ª [NOMBRE], administrador concursal designado en el concurso bajo número de autos arriba …
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