Notificación al arrendado... o nulidad

Última revisión
01/01/2024

Notificación al arrendador de continuidad en el uso de la vivienda tras separación, divorcio o nulidad

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

Artículo 15 de la LAU. Separación, divorcio o nulidad del matrimonio del arrendatario.

«1. En los casos de nulidad del matrimonio, separación judicial o divorcio del arrendatario, el cónyuge no arrendatario podrá continuar en el uso de la vivienda arrendada cuando le sea atribuida de acuerdo con lo dispuesto en la legislación civil que resulte de aplicación. El cónyuge a quien se haya atribuido el uso de la vivienda arrendada de forma permanente o en un plazo superior al plazo que reste por cumplir del contrato de arrendamiento, pasará a ser el titular del contrato.

2. La voluntad del cónyuge de continuar en el uso de la vivienda deberá ser comunicada al arrendador en el plazo de dos meses desde que fue notificada la resolución judicial correspondiente, acompañando copia de dicha resolución judicial o de la parte de la misma que afecte al uso de la vivienda».


Don/Doña [NOMBRE ARRENDATARIO].

DIRECCIÓN [DESCRIPCIÓN].

TELÉFONO [NÚMERO].

A la atención de Don/Doña [NOMBRE ARRENDADOR]

DIRECCIÓN [DESCRIPCIÓN].

TELÉFONO [NÚMERO].

 

En [LOCALIDAD] a [DÍA] de [MES] de [AÑO].

ASUNTO: COMUNICACIÓN DE CONTINUIDAD EN EL USO DE LA VIVIENDA

 

Muy Sr./a mío/a:

Tengo el agrado de dirigirme a usted, por medio de la presente, en mi condición, como bien es usted conocedor, de cónyuge...

Notificación al arrendador de continuidad en el uso de la vivienda tras separación, divorcio o nulidad

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