Última revisión
06/05/2019
Notificación al presidente de la comunidad de inicio de obras de reforma
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Orden: civil
Fecha última revisión: 06/05/2019
"El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador." (Art. 7.1 de la Ley de propiedad horizontal (LPH))
D/Dña. [NOMBRE PROPIETARIO]
[DOMICILIO]
TLF [NÚMERO]
[FAX/CORREO ELECTRÓNICO/OTRO]
A/A D./Dña. [NOMBRE SECRETARIO COMUNIDAD]
[DIRECCIÓN SECRETARIO]
Muy Sr./Sra. mío/a:
Mediante le presente, y en su condición de secretario de la comunidad de propietarios del edificio [ESPECIFICAR], de la cual soy propietario de la vivienda [ESPECIFICAR], le remito la presente a los efectos de indicarle que:
1º) En fec...
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