Última revisión
Notificación de venta de la vivienda, del arrendador al arrendatario. (Derecho de tanteo)
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 22/04/2019
Resumen:
Indica el inciso primero del artículo 25 de la LAU que "En caso de venta de la vivienda arrendada, tendrá el arrendatario derecho de adquisición preferente sobre la misma, en las condiciones previstas en los apartados siguientes. (...) "
El presente escrito relata la notificación que el arrendador efectúa al arrendatario con respecto a la venta futura del inmueble arrendado, a los efectos de que pueda ejercitar el derecho de tanteo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del meritado art. 25 LAU, el cual reza que: "El arrendatario podrá ejercitar un derecho de tanteo sobre la finca arrendada en un plazo de treinta días naturales, a contar desde el siguiente en que se le notifique en forma fehaciente la decisión de vender la finca arrendada, el precio y las demás condiciones esenciales de la transmisión.
Los efectos de la notificación prevenida en el párrafo anterior caducarán a los ciento ochenta días naturales siguientes a la misma."
En [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO].
Señor/a Don/Doña [NOMBRE], con [DOMICILIO].
Muy Sr./a mío/a:
Me dirijo a usted, por medio de la presente, en mi condición de arrendador del inmueble sito en [DOMICILIO] de la localidad de [LOCALIDAD], arrendado por usted según contrato de arrendamiento otorgado en fecha [FECHA] a los efectos de notificarle la futura
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