Escrito de oposición al recurso de casación contencioso-administrativo
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Escrito de oposición al r...nistrativo

Última revisión
01/03/2024

Escrito de oposición al recurso de casación contencioso-administrativo

Tiempo de lectura: 8 min

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Orden: administrativo

Fecha última revisión: 01/03/2024

Resumen:

A TENER EN CUENTA. El RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, modifica el artículo 92 de la LJCA  con entrada en vigor el 20/03/2024.

El presente formulario se encuentra actualizado a esta reforma.

El artículo 92, en sus apartados 5 y 6, de la LJCA: 

«5. En otro caso, acordará dar traslado del escrito de interposición a la parte o partes recurridas y personadas para que puedan oponerse al recurso en el plazo común de treinta días. Durante este plazo estarán de manifiesto las actuaciones procesales y el expediente administrativo en la Oficina judicial o por medios electrónicos. En el escrito de oposición no podrá pretenderse la inadmisión del recurso.

6. Transcurrido dicho plazo, háyanse presentado o no los escritos de oposición, la Sección competente para la decisión del recurso, de oficio o a petición de cualquiera de las partes formulada por otrosí en los escritos de interposición u oposición, acordará la celebración de vista pública salvo que entendiera que la índole del asunto la hace innecesaria, en cuyo caso declarará que el recurso queda concluso y pendiente de votación y fallo. El señalamiento del día en que haya de celebrarse la vista o en que haya de tener lugar el acto de votación y fallo respetará la programación que, atendiendo prioritariamente al criterio de mayor antigüedad del recurso, se haya podido establecer.»

Además de lo anterior, habrá que tener presente las siguientes «Normas para los escritos de interposición y oposición de los recursos de casación dirigidos a la Sala Tercera del Tribunal Supremo» desarrolladas en el Acuerdo de 19 de mayo de 2016, del Consejo General del Poder Judicial por el que se publica el Acuerdo de 20 de abril de 2016, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, sobre la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas de los escritos procesales referidos al recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo:

1. Extensión máxima.

Los escritos de interposición y contestación tendrán una extensión máxima de 50.000 «caracteres con espacio», equivalente a 25 folios. El texto figurará en una sola cara de la hoja (anverso) y no en ambas (anverso y reverso).

Esta extensión máxima incluye las notas a pie de página, esquemas o gráficos que eventualmente pudieran incorporarse.

El abogado, u otra persona que este designe, deberá certificar al final del mismo el número de caracteres que contiene el escrito que presenta.

2. Formato.

Se utilizará para el texto como fuente «Times New Román», con un tamaño de 12 puntos en el texto y de 10 puntos en las notas a pie de página o en la transcripción literal de preceptos o párrafos de sentencias que se incorporen.

El interlineado en el texto será de 1,5.

Los márgenes horizontales y verticales (márgenes superior, inferior, izquierdo y derecho de la página) serán de 2,5 cm.

Todos los folios estarán numerados de forma creciente, empezando por el número 1. Este número figurará en la esquina superior derecha del folio.

Todos los documentos que se aporten con el escrito deberán estar suficientemente identificados y numerados como Documento o Anexo, por ejemplo: Documento o Anexo 1, Documento o Anexo 2, Documento o Anexo 3 y así sucesivamente.

El formato electrónico del folio será A4, sin rayas ni otros elementos que dificulten su lectura o tratamiento informático. Idéntica previsión se aplicará si el documento se presenta en papel.

3. Estructura.

3.1 Carátula.

Los escritos de interposición y oposición presentados por vía telemática o en papel irán precedidos de una carátula o formulario, que generará el sistema o que rellenarán los profesionales que presenten el escrito, y que contendrá, al menos, los siguientes datos:

  • Número del recurso de casación.
  • Identificación de la Sala y Sección destinataria del escrito.
  • Nombre del recurrente o recurrentes ordenados alfabéticamente y el número del DNI, pasaporte, NIE (en el caso de extranjeros) o NIF (en el caso de personas jurídicas). En el caso de tratarse de una Administración pública bastará con la identificación de la misma.
  • Nombre del procurador y número de colegiado.
  • Nombre del letrado/s y número de colegiado.
  • Identificación de la sentencia o resolución recurrida en casación, expresando el tribunal, sala y sección de procedencia, la fecha de la resolución y el número del procedimiento. Por ejemplo: sentencia de la Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 1 de enero de 2016 (procedimiento o recurso 1/2016). (este dato no será necesario cuando se trate del escrito de oposición).
  • Identificación del tipo de escrito que se presenta (escrito de interposición o escrito de oposición al recurso presentado por el recurrente).

3.2 Contenido de los escritos.

Los escritos de interposición se estructurarán en apartados separados y debidamente numerados que se encabezarán con un epígrafe expresivo de aquello de lo que tratan, en los términos previstos en el artículo 92, apartado 3, de la Ley de Jurisdicción Contencioso-administrativa: «El escrito de interposición deberá, en apartados separados que se encabezarán con un epígrafe expresivo de aquello de lo que tratan:

«a) Exponer razonadamente por qué han sido infringidas las normas o la jurisprudencia que como tales se identificaron en el escrito de preparación, sin poder extenderse a otra u otras no consideradas entonces, debiendo analizar, y no sólo citar, las sentencias del Tribunal Supremo que a juicio de la parte son expresivas de aquella jurisprudencia, para justificar su aplicabilidad al caso; y

b) Precisar el sentido de las pretensiones que la parte deduce y de los pronunciamientos que solicita».

Igual previsión regirá para los escritos de oposición reflejando en el encabezamiento de cada apartado la cuestión que abordarán como respuesta a los contenidos en el escrito de personación o a los diferentes extremos controvertidos.


CARÁTULA

Número del recurso de casación [ESPECIFICAR].

Sección [NUMERO] de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TS.

Recurrente [NOMBRE] con DNI [NÚMERO].

[NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], con n.º de colegiado [NÚMERO_COLEGIADO_PROCURADOR_CLIENTE].

[NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE] con n.º de colegiado [NÚMERO_COLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE].

Sentencia recurrida en casación [ESPECIFICAR].

Tipo de escrito que se presenta: escrito de oposición al recurso de casación.

 

LA SECCIÓN [NÚMERO] DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPREMO

Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR/A_CLIENTE], procurador/a de los tribunales de [LUGAR] con n.º de colegiado [NÚMERO_COLEGIADO/A_PROCURADOR/A_CLIENTE], actuando en nombre y representación de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], [DNI] representación que ya consta acreditada en autos, y bajo la dirección técnica de don/doña [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE] con [NÚMERO_COLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE], como mejor proceda en derecho,

DIGO

He recibido la diligencia de ordenación de [FECHA] del letrado de la Administración de Justicia de esa sección de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo a la que me dirijo, donde se me da traslado del escrito de interposición del recurso de casación presentado por [NOMBRE] contra la sentencia de [ÓRGANO] y se me hace saber que dispongo de un plazo de treinta días, a contar desde la notificación de aquella, para presentar en la secretaría de esa sección el oportuno escrito de oposición al mismo.

En cumplimiento de lo anterior, y dentro del referido plazo legal, presento ESCRITO DE OPOSICIÓN AL RECURSO DE CASACIÓN contra la sentencia de fecha [FECHA] del [ÓRGANO], en base a las siguientes 

De conformidad con el artículo 92 de la LJCA

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