Poder de representación procesal con cláusula especial para realizar investigaci...imonio del ejecutado
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Poder de representación p... ejecutado

Última revisión
01/02/2019

Poder de representación procesal con cláusula especial para realizar investigación judicial del patrimonio del ejecutado

Tiempo de lectura: 7 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 01/02/2019

Resumen:

Poder de representación procesal conferido a favor de procuradores y letrados con facultad para investigar patrimonio del ejecutado


 

NÚMERO PROTOCOLO [NUMERO]

ESCRITURA DE PODER GENERAL PARA PLEITOS

En [DOMICILIO], mi residencia, a [FECHA]

Ante mi, D/Dña. [NOMBRE], Notario del Ilustre Colegio Notarial de [ESPECIFICAR], se formaliza el presente instrumento público, en los siguientes términos:

COMPARECE

PARTE PODERDANTE

DON/DOÑA [NOMBRE], mayor de edad, [PROFESION], [ESTADO_CIVIL], vecino de [LOCALIDAD], domiciliado [DOMICILIO], y con D.N.I. número [DNI].

Interviene

En su propio nombre y derecho

FE DE CONOCIMIENTO, JUICIO DE CAPACIDAD Y CALIFICACIÓN

Identifico al/la compareciente por su reseñado documento de identidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley del Notariado.

Tiene, a mi juicio, capacidad legal suficiente para el otorgamiento de la presente ESCRITURA DE PODER GENERAL PARA PLEITOS.

APODERAMIENTO

El/la Sr./Sra. compareciente confiere poder tan amplio y bastante como en Derecho sea necesario a favor de las personas y las facultades que se reflejan en los apartados siguientes

A).- PARTE APODERADA

A favor de los siguientes LETRADOS:

D./DÑA [NOMBRE], colegiado número [NUMERO] del Ilustre Colegio de Abogados de [ESPECIFICAR]

D./DÑA [NOMBRE], colegiado número [NUMERO] del Ilustre Colegio de Abogados de [ESPECIFICAR]

A favor de los siguientes PROCURADORES DE LOS TRIBUNALES:

D./DÑA [NOMBRE], colegiado número [NUMERO] del Ilustre Colegio de Procuradores de [LOCALIDAD]

D./DÑA [NOMBRE], colegiado número [NUMERO] del Ilustre Colegio de Procuradores de [LOCALIDAD]

B).- FACULTADES

Con las disposiciones que al efecto se contengan en la legislación vigente, se apodera, solidaria e indistintamente, a los citados para que se ejerciten por cuenta del/de la PODERDANTE las siguientes facultades:

FACULTADES GENERALES PARA PLEITOS:

Comparecer ante cualesquiera Juzgados, Audiencias y demás Tribunales, ordinarios o especiales, de cualquier grado o jurisdicción, y ante cualquier otra autoridad, Magistratura, Fiscalía, Organismos Sindicales, Delegación, Junta, Jurado, Tribunal de la Competencia o de Cuentas del Estado, Autoridad Eclesiástica, Centro, Notaría, Registro Público, Administración de Hacienda o Agencia Tributaria, oficina o funcionario del Estado, Administración Central, Comunidad Autónoma, Provincia, Municipio o cualesquiera otras entidades locales, organismos autónomos y demás entes públicos, incluso internacionales, en particular de la Unión Europea, y demás Entidades creadas y por crear, en cualquiera de sus ramas, dependencias y servicios; y en ellos, instar, seguir y terminar, como actor, demandado, tercero, coadyuvante, requirente o en cualquier otro concepto, toda clase de expedientes, juicios y procedimientos, civiles, criminales, administrativos, Sociales, contencioso-administrativos, económico-administrativos, de trabajo, gubernativos, notariales, hipotecarios, de Hacienda, de jurisdicción voluntaria y de cualquier otra clase.

En todos estos casos, entablar, contestar y seguir por todos sus trámites e instancias, hasta su conclusión, toda clase de acciones, demandas, denuncias, querellas, acusaciones, excepciones y defensas, ejercitar otras cualesquiera pretensiones, pedir suspensiones de juicios o procedimientos, ejercitándose en los mismos en cuantos casos fuera menester la ratificación personal; firmar y presentar escritos y asistir a toda clase de actuaciones; solicitar y recibir notificaciones, citaciones y emplazamientos.

Dirigir, recibir y contestar requerimientos y notificaciones. Interponer recursos de alzada, y cualquier otro acto previo al proceso.

Tachar testigos; suministrar y tachar pruebas, renunciar a ellas y a traslados de autos. Absolver posiciones y confesar en Juicio y, en todo tipo de interrogatorios previstos por la Ley.

Instar autorizaciones judiciales, declaraciones de herederos, expedientes de dominio, acumulaciones, liquidaciones y tasaciones de costas; promover conflictos de jurisdicción, cuestiones de competencia, diligencias preliminares, preparatorias o previas, y otras cuestiones incidentales, siguiéndolas hasta que se dicte Auto o resolución pertinente. Ser parte en juicios de testamentaría o abintestato hasta su resolución, pudiendo presentar o dar conformidad a proyectos de partición. Consentir las resoluciones favorables.

Interponer y seguir toda clase de recursos, incluso los gubernativos y contencioso-administrativo y los de reposición, alzada, reforma, súplica, apelación, injusticia notoria, suplicación, queja, nulidad e incompetencia, interponer y seguir recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, así como aquellos extraordinarios de Casación o interés casacional y los extraordinarios por infracción procesal, y de más procedentes en Derecho y, en general, practicar cuanto permitan las respectivas leyes de procedimiento, sin limitación.

Instar, prestar, alzar o cancelar embargos, secuestros, depósitos, ejecuciones, desahucios y anotaciones preventivas, así como pedir administraciones, intervenciones o cualquier otra medida de conservación, seguridad, prevención o garantía, y modificarlos o extinguirlos; designar peritos.

Intervenir en subastas judiciales y extrajudiciales, ceder remates a terceros o aceptar las cesiones que otros hicieren a favor del poderdante; pedir desahucios, lanzamientos, tomar posesión de los bienes muebles o inmuebles que deban hacerlo como consecuencia de los juicios en que intervenga. Prestar cauciones; hacer depósitos y consignaciones judiciales, así como percibir del Juzgado las cantidades consignadas como precio del remate.

En la medida que lo permita la titulación y estatuto profesional de la PARTE APODERADA se amplía este apoderamiento a las siguientes FACULTADES ESPECIALES:

Obtener directamente y sin intervención del Letrado de la Administración de Justicia datos relativos al patrimonio del ejecutado, y ejercitar las demás facultades previstas en el artículo 590 de la Ley 1/2000, de 7 de Febrero, de Enjuiciamiento Civil, tales como el dirigirse a las entidades financieras, organismos y registros públicos y personas físicas y jurídicas que el ejecutante indique, para que faciliten la relación de bienes o derechos del ejecutado de los que tengan constancia

OTORGAMIENTO

Se hacen a la PARTE PODERDANTE las reservas y advertencias legales.

CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS.- Queda la PARTE COMPARECIENTE informada de lo siguiente:

Sus datos personales serán objeto de tratamiento en esta Notaría, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y, en su caso, sustantiva que resulte aplicable al acto o negocio jurídico documentado. La comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose el otorgante obligado a facilitar los datos personales, y estando informado de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público. Sus datos se conservarán con carácter confidencial.

La finalidad del tratamiento de los datos es cumplir la normativa para autorizar el presente documento, su facturación, seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que puedan derivarse la existencia de decisiones automatizadas,

utorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles precisos para la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

El notario realizará las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda o sustituya al actual en esta Notaria.

Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o quien le sustituya o suceda.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal ante la Notaría autorizante, sita en [DOMICILIO]. Asimismo, tiene el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control.

Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (o la ley que la sustituya) y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de los personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

AUTORIZACIÓN

Conforme a lo dispuesto en el artículo 193 del Reglamento Notarial, le leo en alta voz e íntegramente esta Escritura, antes de su firme, a la PARTE COMPARECIENTE, por su elección, aun manifestando que sabe y puede leerla por sí, pero manifestando su renuncia a tal derecho.

Y una vez leída la Escritura, la encuentra CONFORME CON SU VOLUNTAD, la cual ha sido debidamente informada y sed adecua efectivamente al contenido de este instrumento. La FIRMA conmigo, el Notario, que:

.- de identificar a la citada parte en la comparecencia, y de tener, a mi juicio, capacidad y legitimación para el presente otorgamiento,

.- de haberse observado la unidad de acto y demás formalidades legales,

.- y, en general, de todo lo contenido en este instrumento público extendido en siete folios de papel de uso exclusivamente notarial, el presente y los seis siguientes en orden correlativo, de la misma serie, DOY FE.

Está la firma de la PARTE COMPARECIENTE. Signado. D/Dña. [NOMBRE]. Rubricado y sellado.

 

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