Última revisión
Escrito de propuesta del interesado para la terminación convencional del procedimiento en materia de responsabilidad patrimonial
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 22/10/2018
Resumen:
El L-23461061-86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contempla la posibilidad de que las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de Derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al Ordenamiento Jurídico ni versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que en cada caso.
Por ello, en los procedimientos de responsabilidad patrimonial, el interesado puede proponer al órgano instructor la terminación convencional del procedimiento fijando los términos definitivos del acuerdo indemnizatorio que estaría dispuesto a suscribir con la Administración pública correspondiente.
Así, conforme señala el apartado 5º del citado precepto en los casos de procedimientos de responsabilidad patrimonial, el acuerdo alcanzado entre las partes deberá fijar la cuantía y modo de indemnización de acuerdo con los criterios que para calcularla y abonarla establece el L- 23461071-34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre
Nº EXPEDIENTE [EXPEDIENTE]
AL [ORGANO]
D./Dña. [NOMBRE], con D.N.I [NUMERO], y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], ante el [ORGANO] comparezco y, como mejor proceda en Derecho,
DIGO
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