Última revisión
Reclamación administrativa previa contra denegación de prestación de cese por actividad de trabajadores autónomos
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 18/01/2024
Resumen:
Los trabajadores autónomos tienen derecho a una prestación de cese por actividad según lo dispuesto en los artículos 327-343 de la Ley General de Seguridad Social (LGSS). Para formular una demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social, la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, establece que los interesados deben interponer una reclamación previa ante la entidad gestora correspondiente. Esta reclamación previa es un requisito necesario para obtener la prestación de cese por actividad.
A [ORGANO] (1)
D./Dña. [NOMBRE_LETRADO], representante de D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A], representación que acredito mediante copia de [ESPECIFICAR] que acompaño, y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], ante esta Dirección Provincial comparece, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que de conformidad con lo prevenido en el art. 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, formulo por la presente RECLAMACIÓN PREVIA frente a la resolución de [ORGANO] (1) núm. [NUMERO] de fecha [FECHA], en la que se deniega prestación por cese de actividad en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en base a los siguientes:
HECHOS
Primero. Mi
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