Requerimiento de cese de utilización sin autorización de marca y anagrama por empresa
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Requerimiento de cese de ...or empresa

Última revisión
01/01/2023

Requerimiento de cese de utilización sin autorización de marca y anagrama por empresa

Tiempo de lectura: 6 min

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Orden: mercantil

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

Según el art. 41 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, el titular cuyo derecho de marca sea lesionado podrá reclamar en la vía civil:

«a) La cesación de los actos que violen su derecho.

b) La indemnización de los daños y perjuicios sufridos.

c) La adopción de las medidas necesarias para evitar que prosiga la violación y, en particular, que se retiren del tráfico económico los productos, embalajes, envoltorios, material publicitario, etiquetas u otros documentos en los que se haya materializado la violación del derecho de marca y el embargo o la destrucción de los medios principalmente destinados a cometer la infracción. Estas medidas se ejecutarán a costa del infractor, salvo que se aleguen razones fundadas para que no sea así.

d) La destrucción o cesión con fines humanitarios, si fuere posible, a elección del actor, y a costa siempre del condenado, de los productos ilícitamente identificados con la marca que estén en posesión del infractor, salvo que la naturaleza del producto permita la eliminación del signo distintivo sin afectar al producto o la destrucción del producto produzca un perjuicio desproporcionado al infractor o al propietario, según las circunstancias específicas de cada caso apreciadas por el Tribunal.

e) La atribución en propiedad de los productos, materiales y medios embargados en virtud de lo dispuesto en el apartado c) cuando sea posible, en cuyo caso se imputará el valor de los bienes afectados al importe de la indemnización de daños y perjuicios. Si el valor mencionado excediera del importe de la indemnización concedida, el titular del derecho de marca deberá compensar a la otra parte por el exceso.

f) La publicación de la sentencia a costa del condenado mediante anuncios y notificaciones a las personas interesadas.»

Con ayuda del siguiente modelo podrá requerirse extrajudicialmente a la empresa responsable a que cese en el uso no autorizado de una marca y de su anagrama.


[NOMBRE_EMPRESA]

[CALLE]

[NUMERO]

[LOCALIDAD]

[NOMBRE_EMPRESA]

[CALLE]

[NUMERO]

[LOCALIDAD]

En  [CIUDAD], a [DIA] de [MES] [AÑO]

 

Muy señores nuestros:

Por la presente les comunicamos lo siguiente:

Primero.- De conformidad con el artículo 4.1 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, «se entiende por marca todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otras».

Segundo.-  Dicha Ley de Marcas, en su artículo 6.1 b) establece que, «no podrán registrarse como marcas los signos que (...), por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público ; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación con la marca anterior.»

Tercero.- La compañía [NOMBRE_EMPRESA] tiene registrada en España, además de en otros muchos países, la marca [NOMBRE] y su anagrama, que se adjunta como Anexo a la presente, en las siguientes clases:

 

Clase

Fecha de prioridad

Requerimiento de cese de utilización sin autorización de marca y anagrama por empresa

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