Última revisión
Solicitud de división judicial de herencia por ineficacia de la cláusula de arbitraje testamentario
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/09/2020
Resumen:
En la Ley de Enjuiciamiento Civil se regula en los artículos 782 y siguientes el procedimiento para la división de la herencia. El artículo 782 de la LEC dispone que "cualquier coheredero o legatario de parte alícuota podrá reclamar judicialmente la división de la misma, siempre que esta no deba efectuarla un comisario o contador-partidor designado por el testador, por acuerdo entre los coherederos o por el Secretario judicial o el Notario. A la solicitud deberá acompañarse el certificado de defunción de la persona de cuya sucesión se trate y el documento que acredite la condición de heredero o legatario del solicitante".
El artículo 10 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, dispone al respecto del arbitraje testamentario que "También será válido el arbitraje instituido por disposición testamentaria para solucionar diferencias entre herederos no forzosos o legatarios por cuestiones relativas a la distribución o administración de la herencia".
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [ESPECIFICAR]
Don / Doña. [NOMBRE PROCURADOR], Procurador/a de los Tribunales, actuando en nombre y representación de [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [DNI] con …
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