Última revisión
Solicitud de pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones mediante bienes integrantes del Patrimonio Histórico
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 05/09/2023
Resumen:
El artículo 73 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español señala:
«El pago de las deudas Tributarias podrá efectuarse mediante la entrega de bienes que formen parte del Patrimonio Histórico Español, que estén inscritos en el Registro General de Bienes de Interés Cultural o incluidos en el Inventario General, en los términos y condiciones previstos reglamentariamente».
Por su parte, el artículo 80.2 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones dispone:
«2. El pago de la deuda tributaria podrá realizarse mediante la entrega de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español que estén inscritos en el Inventario General de Bienes Muebles o en el Registro General de Bienes de Interés Cultural».
Ha de tenerse en cuenta que la gestión y recaudación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones ha sido cedido a las comunidades autónomas que hayan asumido las competencias, por lo que el presente formulario habrá de presentarse a la oficina liquidadora del impuesto competente de la comunidad autónoma correspondiente.
A LA OFICINA LIQUIDADORA DEL IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES DE [COMUNIDAD]
D./Dña. [NOMBRE] con DNI/NIE [NUMERO] y domicilio en [DOMICILIO], actuando en actuando en nombre propio/como …
Ver el documento "Solicitud de pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones mediante bienes integrantes del Patrimonio Histórico"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas