Última revisión
Solicitud de puesta a disposición de la cantidad consignada por el recurrente a instancia del beneficiario de la sentencia
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Tal como dispone el art. 204.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, «Cuando la Sala confirme la sentencia y el recurrente haya consignado las cantidades en metálico la cantidad importe de la condena o asegurado la misma, el fallo condenará a la pérdida de las consignaciones, a las que se dará el destino que corresponda cuando la sentencia sea firme.»
Para solicitar que la cantidad consignada se ponga a su disposición, la parte recurrida dirigirá al juzgado de lo social un escrito que podrá ser redactado con ayuda del siguiente modelo.
Autos [NUM_AUTOS]
AL JUZGADO DE LO SOCIAL [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL], en calidad de Letrado/a (Graduado/a Social) y representante de D./D.ª …
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