Escrito solicitando recti...cionalidad

Última revisión
10/07/2024

Escrito solicitando rectificación de autoliquidación con devolución de ingresos indebidos por posible inconstitucionalidad

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Tiempo de lectura: 7 min

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 10/07/2024

Resumen:

Según el artículo 120.3 de la LGT, cuando un obligado tributario considere que una autoliquidación ha perjudicado de cualquier modo sus intereses legítimos, podrá instar la rectificación de dicha autoliquidación de acuerdo con el procedimiento que se regule reglamentariamente. No obstante, cuando lo establezca la normativa propia del tributo, la rectificación deberá ser realizada por el obligado tributario mediante la presentación de una autoliquidación rectificativa, conforme al artículo 120.4 de la LGT.

A TENER EN CUENTA. El Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, implantó la nueva figura de la autoliquidación rectificativa en el IRPF, el IVA, el IS, los Impuestos Especiales de Fabricación, el Impuesto Especial sobre el Carbón, el Impuesto Especial sobre la Electricidad y el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (IGFEI); aunque esas nuevas autoliquidaciones rectificativas no entrarán en vigor hasta que lo haga la orden ministerial que apruebe los correspondientes modelos de declaración. Con todo, en el nuevo sistema se contempla que, con carácter general, cuando el motivo de la rectificación sea en exclusiva la alegación razonada de una eventual vulneración por la norma aplicada en la autoliquidación previa de los preceptos de otra norma de rango superior legal, constitucional, de derecho de la Unión Europea o de un tratado o convenio internacional se podrá instar la rectificación a través del procedimiento previsto en el artículo 120.3 de la LGT y desarrollado en los artículos 126 a 128 del RGAT; pero si ese motivo concurriera con otros de diferente naturaleza, por estos últimos el obligado tributario tendría que presentar una autoliquidación rectificativa. Una vez en vigor esta nueva figura, en caso de que para el impuesto de que se trate se haya regulado la posibilidad de autoliquidación rectificativa, recomendamos consultar la normativa concreta que la regule en cada impuesto para comprobar y conocer su exacto ámbito de aplicación.

Según el criterio fijado por la STS n.º 1008/2021, de 12 de julio, ECLI:ES:TS:2021:2988«(...) la rectificación de una autoliquidación -y la consiguiente devolución de ingresos indebidos- sí es cauce adecuado para cuestionar la autoliquidación practicada por un contribuyente -que ha procedido a ingresar en plazo las cuantías por él calculadas en cumplimiento de sus obligaciones tributarias, a fin de no ser sancionado por dejar autoliquidar e ingresar en plazo-, cuando entienda indebido el ingreso tributario derivado de tal autoliquidación al considerarlo contrario a la Constitución o al Derecho de la Unión Europea».

Se facilita un modelo básico de escrito para solicitar la rectificación de una autoliquidación tributaria y consiguiente devolución de ingresos indebidos por entenderlos contrarios a la Constitución o al derecho de la Unión Europea.


A LA ADMINISTRACIÓN/DELEGACIÓN [ÓRGANO COMPETENTE]

Don/Doña [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [NÚMERO_Y_LETRA_DNI] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en nombre propio/actuando en representación de don/doña [NOMBRE]/Entidad [NOMBRE_EMPRESA], con DNI/NIF [NÚMERO_Y_LETRA_DNI/NIF] y domicilio en [DOMICILIO], según acreditación en documento que se adjunta, comparezco ante es...

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