Última revisión
Solicitud de suspensión del acto recurrido en alzada
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 27/05/2024
Resumen:
El apartado 1 del artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone que la interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado. Sin embargo, el apartado 2 establece que el órgano encargado de resolver el recurso, tras una ponderación suficientemente razonada, podrá suspender la ejecución del acto impugnado siempre que se cumplan algunas condiciones, como la imposible o difícil reparación del perjuicio causado o que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad previstas en el artículo 47.1 de la misma Ley.
AL ÓRGANO COMPETENTE
Don/Doña [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [DNI], y con domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO], comparezco y, como mejor proceda en derecho,
EXPONGO
Con fecha del día …
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