Escrito de solicitud al arrendador (persona física) de aplazamiento temporal o rebaja del pago del alquiler del local de negocio por el COVID-19
- Orden: Civil
- Fecha última revisión: 28/12/2020
- Resumen:
Dentro del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, publicado en el BOE del 22 de abril y con entrada en vigor para el día siguiente al de su publicación, se aprueban medidas para reducir los costes de pymes y autónomos, y entre ellas, medidas en materia de arrendamientos para uso distinto de vivienda, como son los arrendamientos de local de negocio.
Estas medidas entraron en vigor el 23 de abril de 2020.
El 23 de diciembre de 2020 se publicaba en el BOE el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, que establece que el arrendatario persona física o jurídica, de un local de negocio cuyo arrendador no sea persona jurídica o gran tenedor, y cumpla con los requisitos señalados anteriormente, también podrá solicitar antes del 31/01/2021, el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta siempre que dicho aplazamiento o una rebaja de la renta no se hubiera acordado por ambas partes con carácter voluntario.
Se prevé que las partes puedan disponer libremente de la fianza prevista en el artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, que podrá servir para el pago total o parcial de alguna o algunas mensualidades de la renta arrendaticia. En caso de que se disponga total o parcialmente de la misma, el arrendatario deberá reponer el importe de la fianza dispuesta en el plazo de un año desde la celebración del acuerdo o en el plazo que reste de vigencia del contrato, en caso de que este plazo fuera inferior a un año.
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Don/Doña [NOMBRE_ARRENDADOR/A)
Domicilio en [DOMICILIO]
[CIUDAD]
Asunto: “Solicitud de aplazamiento o rebaja de la renta del alquiler del local de negocio".
Muy Señor/a Mío/a:
Yo, Don/Doña [NOMBRE] con DNI [DNI] y domicilio en [DOMICILIO], tengo suscrito con usted un contrato de arrendamiento de local de negocio [DESCRIPCION] firmado en fecha [FECHA].
Por medio del presente escrito, y a falta de acuerdo entre ambas partes, vengo a solicitar, cumpliendo con el plazo previsto para ello en el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, un aplazamiento o una rebaja de la renta de la renta del alquiler objeto del contrato de arrendamiento suscritos por ambas partes al que he hecho mención anteriormente.
Justifico esta solicitud de carácter temporal y extraordinario por encontrarme en una situación de especial vulnerabilidad económica a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, cumpliendo con lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, [ESPECIFICAR CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS SEGÚN SE TRATE DE AUTÓNOMO O PYME EL ARRENDATARIO]
En el caso de contrato de arrendamiento de un inmueble afecto a la actividad económica desarrollada por el trabajador autónomo:
a) Estar afiliado y en situación de alta, en la fecha de la declaración del estado de alarma mediante el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar o, en su caso, en una de las Mutualidades sustitutorias del RETA.
b) Que su actividad haya quedado suspendida como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, o por órdenes dictadas por la Autoridad competente y las Autoridades competentes delegadas al amparo del referido real decreto.
c) En el supuesto de que su actividad no se vea directamente suspendida como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, se deberá acreditar la reducción de la facturación del mes natural anterior al que se solicita el aplazamiento o reducción de la renta en, al menos, un 75 por ciento, en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referido al año anterior.
En caso de contrato de arrendamiento de inmueble afecto a la actividad económica desarrollada por una pyme:
a) Que no se superen los límites establecidos en el artículo 257.1 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
b) Que su actividad haya quedado suspendida como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, o por órdenes dictadas por la Autoridad competente y las Autoridades competentes delegadas al amparo del referido real decreto.
c) En el supuesto de que su actividad no se vea directamente suspendida en virtud de lo previsto en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, se deberá acreditar la reducción de su facturación del mes natural anterior al que se solicita el aplazamiento o reducción de la renta en, al menos, un 75 por ciento, en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referido al año anterior.
Y así, lo acredito aportando la siguiente documentación prevista en el artículo 4 del citado RD-ley: [ESPECIFICAR DOCUMENTACIÓN]
a) La reducción de actividad se acreditará inicialmente mediante la presentación de una declaración responsable en la que, sobre la base de la información contable y de ingresos y gastos, se haga constar la reducción de la facturación mensual en, al menos, un 75 por ciento, en relación con la facturación media mensual del mismo trimestre del año anterior. En todo caso, cuando el arrendador lo requiera, el arrendatario tendrá que mostrar sus libros contables al arrendador para acreditar la reducción de la actividad.
b) La suspensión de actividad, se acreditará mediante certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o por la entidad competente para tramitar el cese de actividad extraordinario regulado en el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
Sin otro particular, y quedando a la espera de su aceptación, atendiendo a estas circunstancias tan complicadas, le envío un cordial saludo.
[FIRMA]
En [CIUDAD] a [FECHA]
RDLeg. 1/2010 de 2 de Jul (TR. de la Ley de Sociedades de Capital) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 161 Fecha de Publicación: 03/07/2010 Fecha de entrada en vigor: 01/09/2010 Órgano Emisor: Ministerio De La Presidencia
Ley de Arrendamientos urbanos (Ley 29/1994 de 24 de Nov) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 282 Fecha de Publicación: 25/11/1994 Fecha de entrada en vigor: 01/01/1995 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
RD-Ley 8/2020 de 17 de Mar (Medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 73 Fecha de Publicación: 18/03/2020 Fecha de entrada en vigor: 18/03/2020 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
RD-Ley 15/2020 de 21 de Abr (Medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo -COVID-19-) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 112 Fecha de Publicación: 22/04/2020 Fecha de entrada en vigor: 23/04/2020 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
RD-Ley 35/2020 de 22 de Dic (Medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 334 Fecha de Publicación: 23/12/2020 Fecha de entrada en vigor: 24/12/2020 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 10ª. Entrada en vigor.
- D.F. 9ª. Títulos competenciales.
- D.F. 8ª. Desarrollo reglamentario y ejecución.
- D.F. 7ª. Tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del SARS-CoV-2 así como a efectos del régimen especial del recargo de equivalencia.
- D.F. 6ª. Modificación del Real Decreto-ley 32/2020, de 3 de noviembre, por el que se aprueban medidas sociales complementarias para la protección por desempleo y de apoyo al sector cultural.
Real Decreto 926/2020 de 25 de Oct (Declaración del estado de alarma para contener el SARS-CoV-2) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 282 Fecha de Publicación: 25/10/2020 Fecha de entrada en vigor: 25/10/2020 Órgano Emisor: Ministerio De La Presidencia, Relaciones Con Las Cortes Y Memoria Democratica
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Sentencia CIVIL Nº 328/2017, AP - Madrid, Sec. 19, Rec 429/2017, 04-10-2017
Orden: Civil Fecha: 04/10/2017 Tribunal: Ap - Madrid Ponente: Delgado Rodriguez, Fernando Num. Sentencia: 328/2017 Num. Recurso: 429/2017
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Sentencia Civil Nº 620/2014, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 2841/2012, 04-11-2014
Orden: Civil Fecha: 04/11/2014 Tribunal: Tribunal Supremo Ponente: Baena Ruiz, Eduardo Num. Sentencia: 620/2014 Num. Recurso: 2841/2012
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Sentencia Civil Nº 305/2014, AP - Baleares, Sec. 5, Rec 250/2014, 26-11-2014
Orden: Civil Fecha: 26/11/2014 Tribunal: Ap - Baleares Ponente: Homar, Mateo Lorenzo Ramon Num. Sentencia: 305/2014 Num. Recurso: 250/2014
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Sentencia Civil Nº 603/2010, AP - Madrid, Sec. 25, Rec 447/2010, 03-12-2010
Orden: Civil Fecha: 03/12/2010 Tribunal: Ap - Madrid Ponente: Delgado Rodriguez, Fernando Num. Sentencia: 603/2010 Num. Recurso: 447/2010
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Sentencia Civil Nº 441/2011, AP - Caceres, Sec. 1, Rec 559/2011, 14-11-2011
Orden: Civil Fecha: 14/11/2011 Tribunal: Ap - Caceres Ponente: Bote Saavedra, Juan Francisco Num. Sentencia: 441/2011 Num. Recurso: 559/2011
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