Última revisión
01/01/2023
Solicitud de baja obligatoria de socio de cooperativa por jubilación
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Establece el art. 12 de la Ley de Cooperativas que podrán ser socios «1. (...) en función de la actividad cooperativizada, tanto las personas físicas como jurídicas, públicas o privadas y las comunidades de bienes.
2. Los Estatutos establecerán los requisitos necesarios para la adquisición de la condición de socio, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley.»
Añade el art. 17.5 de la Ley de Cooperativas que «5. Causarán baja obligatoria los socios que pierdan los requisitos exigidos para serlo según esta Ley o los Estatutos de la cooperativa.
La baja obligatoria será acordada, previa audiencia del interesado, por el Consejo Rector, de oficio, a petición de cualquier otro socio o del propio afectado.»
En el siguiente supuesto, en el que se considera la jubilación como causa de baja obligatoria, se ilustra la solicitud del socio al Consejo Rector para que dicha baja obligatoria sea tenida en cuenta, de conformidad con los anteriores preceptos.
AL CONSEJO RECTOR DE [NOMBRE_EMPRESA] S. COOP.
Don/Doña [NOMBRE] con D.N.I. [NUMERO] con domicilio en [LOCALIDAD] calle [CALLE]
EXPONGO
Que debido a mi edad voy a solicitar de la Seguridad Social la prestación por jubilación, por lo que no podré en adelante, realizar la actividad cooperativizada de prestación de mi trabajo.
Por ello y en virtud de lo previsto en en el artículo 17 de la Ley 27/199...
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