Última revisión
20/06/2025
Solicitud de caducidad del expediente de jurisdicción voluntaria
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 3 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 20/06/2025
La Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, en su artículo 21 establece que se tendrá por abandonado el expediente si, pese al impulso de oficio de las actuaciones, no se produce actividad promovida por los interesados en el tiempo de SEIS MESES desde la última notificación practicada.
La caducidad será declarada por el LAJ y frente a la misma cabrá únicamente recurso de revisión.
Procedimiento N.º [NÚMERO/NUMERO]
Expediente [NÚMERO]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA/AL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º [NUMERO] DE [CIUDAD]/A LA SECCIÓN CIVIL/SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (1)
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR/A_CLIENTE] procurador/a de los tribunales y de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE] cuyo poder y demás datos constan en el número de procedimiento que figura en e...
Ver el documento "Solicitud de caducidad del expediente de jurisdicción voluntaria"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
