Última revisión
Solicitud de recibimiento a prueba por nuevos hechos derivados de la contestación de la demanda contencioso-administrativa
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 06/05/2024
Resumen:
El apartado 2 del artículo 60 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, establece que: «Si de la contestación a la demanda resultaran nuevos hechos de trascendencia para la resolución del pleito, el recurrente podrá pedir el recibimiento a prueba y expresar los medios de prueba que se propongan dentro de los cinco días siguientes a aquel en que se haya dado traslado de la misma, sin perjuicio de que pueda hacer uso de su derecho a aportar documentos conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 56».
A TENER EN CUENTA. Este formulario se encuentra adaptado a la reforma operada por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
[JUZGADO][DIRECCIÓN]
NIG: [NÚMERO]
Procedimiento: [NÚMERO]
Demandante: [NOMBRE]
Representante Sr./Sra.: [NOMBRE]
Demandado: [NOMBRE]
Representante: [NOMBRE]
AL [ÓRGANO]
Don/doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIEN…
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