Última revisión
11/03/2026
Solicitud de reconocimiento de resolución extranjera de estado no miembro de la U.E, sin tratado internacional de aplicación. Exequatur. (Modelo genérico)
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Orden: civil
Fecha última revisión: 11/03/2026
Dispone el art. 2 de la Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil:
«La cooperación jurídica internacional en materia civil y mercantil, se rige por.
a) Las normas de la Unión Europea y los tratados internacionales en los que España sea parte.
b) Las normas especiales del Derecho interno.
c) Subsidiariamente, por la presente ley».
En el presente modelo se ilustran unas pautas genéricas, siguiendo lo preceptuado y con la inclusión de alguna sentencia relevante.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
A LA SECCIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR/A_CLIENTE] procurador/a de los Tribunales, colegiado número [NÚMERO] por el ICP de [LUGAR], en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE] según acredito mediante poder otorgado apud acta/poder notarial [DESCRIPCIÓN], el cual solicito me sea devuelto una vez testimoniado en las actuaciones, bajo la di...
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