Escrito de subsanación de defectos formales en recurso para la unificación de doctrina en el Orden Social

TIEMPO DE LECTURA:

  • Orden: Laboral
  • Fecha última revisión: 01/01/2023
  • Resumen:

    A la luz del art. 230.5 de la LRJS, el Letrado de la Administración de Justicia concederá al recurrente, antes de que se resuelva sobre el anuncio o preparación, un plazo de cinco días para subsanar los siguientes defectos advertidos:

    a) Insuficiencia de la consignación o del aseguramiento efectuados, incluidas las especialidades en materia de Seguridad Social.

    b) Falta de aportación, en el momento del anuncio o preparación del recurso, de los justificantes de la consignación o del aseguramiento, siempre que el requisito se hubiera cumplimentado dentro del plazo de anuncio o preparación.

    c) Defecto, omisión o error en la constitución del depósito o en la justificación documental del mismo.

    d) Falta de acreditación o acreditación insuficiente de la representación necesaria o de cualquier requisito formal de carácter subsanable necesario para el anuncio o preparación.

    Añade el apartado 6 del propio art. 230 LRJS que «De no efectuarse la subsanación en tiempo y forma se dictará auto poniendo fin al trámite del recurso, quedando firme la resolución. Contra dicho auto podrá recurrirse en queja ante la Sala que hubiera debido conocer del recurso.»


A LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE [ESPECIFICAR]

Autos: [NUMERO]

D./Dña. [NOMBRE_LETRADO_O_GRADUADO_SOCIAL] Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de [LOCALIDAD], en nombre y representación de D [NOMBRE] , en recurso de casación nº [NUMERO] en relación con autos nº [AUTOS_NUMERO] seguidos a instancia de D [NOMBRE], contra D./Dña. [NOMBRE], sobre [DESCRIPCION], en los que se dictó resolución de fecha [FECHA], frente a la cual fue interpuesto recurso de suplicación que fue resuelto por sentencia de fecha [FECHA] de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de [COMUNIDAD_AUTONOMA] que fue recurrida en casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, comparezco y como mejor proceda en derecho,

DIGO:

Ver el documento " Escrito de subsanación de defectos formales en recurso para la unificación de doctrina en el Orden Social "

  • Accede a más de 4.000.000 documentos
  • Localiza la información que necesitas
Ver el documento completo
Omisión
Colegio de abogados
Letrados de la administración
Documentos relacionados
Ver más documentos relacionados
  • Teoría de la acción: la acción como primer elemento del delito

    Orden: Penal Fecha última revisión: 09/03/2020

    La acción ha sido considerada tradicionalmente como el primero de los elementos constitutivos del delito, del cual se derivan los demás (la tipicidad, la antijuridicidad, la culpabilidad y, para algunos, la punibilidad) y que sin la existencia de ...

  • Delito de fraude a la Seguridad Social

    Orden: Penal Fecha última revisión: 30/10/2019

    El delito de fraude a la Seguridad Social, regulado en el artículo 307 del C.P., castiga al que, por acción u omisión, defraude a la Seguridad Social eludiendo el pago de las cuotas de ésta y conceptos de recaudación conjunta, obteniendo indeb...

  • Marco preliminar para el estudio de la responsabilidad de las Administraciones Públicas

    Orden: Administrativo Fecha última revisión: 30/03/2021

    El marco normativo preliminar para proceder al estudio de la responsabilidad de las AAPP está configurado por los siguientes artículos:artículo 9.3 de la C.E.artículo 149.1.18ª de la C.E.artículo 121 de la C.E.¿Cuáles son los preceptos de la...

  • La culpa o dolo en la responsabilidad civil extracontractual

    Orden: Civil Fecha última revisión: 16/04/2016

    Por responsabilidad entendemos la obligación de resarcir las consecuencias lesivas para los derechos o intereses de otra persona derivadas de la actuación propia o ajena, bien procedan aquellas del incumplimiento de contratos, o bien de daños pr...

  • Los delitos omisivos

    Orden: Penal Fecha última revisión: 09/03/2020

    En virtud de lo establecido por el 10 Código Penal, existen dos tipos de delitos, delitos de acción o de comisión y delitos de omisión u omisivos, ya que la acción puede manifestarse en forma positiva (activa; acción) y en forma omisiva (pasiv...

Ver más documentos relacionados
Ver más documentos relacionados
Ver más documentos relacionados
Ver más documentos relacionados

Libros y cursos relacionados