Última revisión
06/05/2019
Escritura pública de desafección y venta de elemento común
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Orden: civil
Fecha última revisión: 06/05/2019
Existe la posibilidad de que un elemento común sea convertido en elemento privativo por acuerdo de los comuneros (propietarios). Para ello se deberá proceder a realizar la ?desafectación? del mismo, es decir, habrá que modificar el Título Constitutivo de la Comunidad, que es donde tal elemento (por ejemplo, la vivienda destinada al portero) figura como elemento común, para que éste pase a ser considerado elemento privativo (porque se prescinde del servicio de portería y la vivienda destinada al portero se pone a la venta y es adquirida por un particular).
Será preciso (artículo 17 de la Ley de propiedad horizontal (LPH)) que la Junta de Propietarios acuerde por unanimidad que el citado elemento común pasa a ser considerado elemento privativo. Como consecuencia de ello se modificarán las cuotas de participación de cada comunero (propietario). Posteriormente, el acuerdo deberá ser elevado a Público (ante Notario) e inscrito en el Registro de la Propiedad en el que conste inscrita la escritura de división horizontal del edificio.
ESCRITURA DE DESAFECCIÓN DE ELEMENTO COMÚN, COMPRAVENTA Y AGREGACIÓN DE FINCAS
NÚMERO [NUMERO].
En [LOCALIDAD], a [FECHA].
Ante mí, [NOMBRE NOTARIO], Notario de esta ciudad, y del Ilustre Colegio de [PROVINCIA].
COMPARECEN
D./Dña. [NOMBRE PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD], mayor de edad, de estado civil [ESTADO CIVIL], vecino de [LOCALIDAD], código postal [CODIGO POSTAL], con domicilio en calle [CALLE], ...
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