Última revisión
22/02/2019
Escritura pública de renuncia a la legítima futura (CATALUÑA)
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Orden: civil
Fecha última revisión: 22/02/2019
?Son nulos los actos unilaterales, las estipulaciones en pacto sucesorio y los contratos de transacción o de cualquier otra índole otorgados antes de la muerte del causante que impliquen renuncia al derecho de legítima o que perjudiquen a su contenido. No obstante, si se otorga en escritura pública son válidos, entre otros, el pacto entre cónyuges o convivientes en pareja estable en virtud del cual renuncian a la legítima que podría corresponderles en la sucesión de los hijos comunes y, especialmente, el pacto de supervivencia en que el superviviente renuncia a la que podría corresponderle en la sucesión intestada del hijo muerto impúber.? (Art. 451-26. del Código civil de Cataluña.)
NUMERO [NUMERO]
En [CIUDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO]
Ante mí, Don/Doña [NOMBRE NOTARIO] Notario/a del Ilustre Colegio de [COLEGIO NOTARIO], con residencia en esta capital
COMPARECEN
Don/Doña [NOMBRE], y su cónyuge Don/Doña [NOMBRE], mayores de edad, con nacionalidad española y vecindad civil catalana, con DNI [DNI] y [DNI] respectivamente, con domicilio [DOMICILIO] en [LOCALIDAD]
INTERVIENEN
En nombr...
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