Última revisión
Alegaciones frente a acta de infracción de la Inspección de Trabajo (Infracción muy grave en materia de empleo)
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 17 del RD 928/1998 de 14 de mayo por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, la extensión del acta de infracción por la Inspección de Trabajo da lugar al inicio del procedimiento sancionador y será notificada mediante correo certificado en el plazo de 10 días desde la fecha que conste en la misma. El interesado dispone del plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente de a la fecha de notificación para presentar alegaciones frente a infracción leve reflejada en acta de infracción de la Inspección de Trabajo, presentando las pruebas que estime pertinente, ante el órgano competente para resolver el expediente.
Son infracciones muy graves en materia de empleo las establecidas en el art. 16 LISOS, que en virtud del art. 40 LISOS, se cuantificarán, en su grado mínimo, con multa de 7.501 a 30.000 euros; en su grado medio, de 30.001 a 120.005 euros; y en su grado máximo, de 120.006 a 225.018 euros.
Notificada el acta de infracción muy grave materia de empleo, el siguiente formulario genérico permite a la empresa presentar las oportunas alegaciones.
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