Última revisión
Contestación a la demanda de cumplimiento de contrato, opción de compra
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Orden: civil
Fecha última revisión: 27/03/2019
Resumen:
En la contestación a la demanda, que se redactará en la forma prevenida para ésta en el artículo 399 LEC, el demandado expondrá los fundamentos de su oposición a las pretensiones del actor, alegando las excepciones materiales que tuviere por conveniente.(...) El demandado deberá de aducir en la contestación a la demanda las excepciones procesales y demás alegaciones que pongan de relieve cuanto obste a la válida prosecución y término del proceso mediante sentencia sobre el fondo (artículo 405 LEC en sus apartados 1 y 3).
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NÚMERO] DE [LUGAR]
Procedimiento: Procedimiento ordinario
Número: [NÚMERO] / [AÑO]
Don/Doña [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], Procurador de los Tribunales y de [NOMBRE CLIENTE], con CIF/DNI [NÚMERO] y domicilio en [DOMICILIO CLIENTE], en virtud de poder (notarial / apud acta) a mi favor conferida, copia del cual acompañamos como doc. núm. [NÚMERO], y bajo la dirección letrada de D/Dña. [NOMBRE LETRADO CLIENTE], colegiado número [NÚMERO] por el ICA de [LUGAR], ante este Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que en fecha [FECHA] se nos ha notificado demanda interpuesta por D/Dña. [NOMBRE PARTE CONTRARIA], otorgándonos el plazo de [NÚMERO] días a los efectos de proceder a contestar la misma.
Y, mediante la presente, procedemos a
CONTESTAR Y OPONERNOS A LA DEMANDA RECTORA
Con base en los siguientes
HECHOS
Previo. Se niegan la totalidad de los hechos alegados de adverso con excepción de los que expresamente se reconozcan en esta contestación
Primero. Correcto el correlativo de adverso, en cuanto a la suscripción entre las partes del contrato de compraventa con opción de compra.
Segundo. Correcto asimismo el hecho de suscribir en el propio contrato la posibilidad de la opción de compra.
Tercero. Ahora bien, discrepa esta parte sobre el resto de fundamentación fáctica de la adversa y ello en tanto en cuanto SÍ se estableció una fecha para el ejercicio de la opción de compra, y así se desprende del tenor literal de la cláusula [NÚMERO] del contrato de arrendamiento.
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