Última revisión
Formulario de contestación a la demanda de divorcio. Compensación económica
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/03/2022
Resumen:
De conformidad con el inciso 2.º del artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, «El actor dispondrá de diez días para contestar a la demanda de divorcio».
Asimismo, el art. 1438 del Código Civil nos indica que «Los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación».
Asimismo, con relación a la pensión compensatoria nos dice el artículo 97 del Código Civil, "El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia».
Procedimiento: Divorcio Contencioso
Número: [NÚMERO]/[AÑO]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º [NÚMERO] DE [LOCALIDAD]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, n.º de …
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