Última revisión
Contestación a la demanda de juicio ordinario de acción reivindicatoria por ausencia de justo título
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Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
El artículo 348 del Código Civil establece que la propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa o de un animal, sin más limitaciones que las que se establecen en las leyes. El propietario tiene acción contra el tenedor y poseedor de la cosa o del animal para reivindicarla.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA [JUZGADO] QUE POR TURNO CORRESPONDA
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, con DNI [NIF_CIF_DNI_CLIENTE], vecino/a de [LOCALIDAD], con domicilio en [DOMICILIO_CLIENTE], representación procesal que acredito mediante [COMPARECENCIA APUD ACTA/PODER GENERAL PARA PLEITOS], bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], con número de colegiado/a [NÚMERO_COLEGIADO_ABOGADO_CLIENTE], ante el juzgado comparezco y, como mejor proceda en derecho, DIGO:
Habiendo sido conferido a esta parte traslado de la demanda de juicio ordinario en ejercicio de acción reivindicatoria interpuesta de contrario, promovida contra mi mandante por D./D.ª [NOMBRE_PARTECONTRARIA], mediante el presente escrito y en la representación que ostento paso a formular, en tiempo y forma, CONTESTACIÓN A LA DEMANDA con base en los siguientes,
HECHOS
PRIMERO.- Quedan negados cualesquiera hechos contenidos en el escrito de demanda, salvo aquellos que se reconozcan explícitamente a continuación.
SEGUNDO.- Se niega la condición de titular dominical de la adversa y, en su consecuencia, se niega también que el derecho de propiedad de la finca [NOMBRE] pertenezca al demandante en la forma pretendida en el Hecho Segundo del escrito de demanda. La condición de sucesor universal respecto de la finca de autos que se irroga de adverso, no ha lugar sostenerla puesto que la referida finca no formaba parte del as hereditario del causante de la actora en el momento en que se abrió la sucesión de aquél.
Efectivamente, la finca [DESCRIPCIÓN] fue transmitida gratuitamente a mi principal por D./D.ª [NOMBRE_PARTECONTRARIA], en fecha [DÍA] de [MES] de [AÑO], circunstancia que la excluía, salvo reducción a efectos del cómputo de la legítima, de la herencia del donante.
A efectos acreditativos de las manifestaciones anteriores se acompaña como documento n.º [NÚMERO], copia auténtica de la escritura de donación autorizada por el notario D./D.ª [NOMBRE_NOTARIO], obrante en su protocolo con el n.º [NUMERO_NOTARIAL].
En ese mismo documento obra la aceptación de la donación por mi patrocinado.
TERCERO.- Respecto de los hechos referidos en el ordinal tercero del escrito de la demanda, hay conformidad en cuanto a la posesión de la finca de autos por mi representado y en cuanto al plazo mencionado respecto de la duración de la misma.
No obstante, se niega la inexistencia de título habilitante para la posesión por parte de mi representado y que la posesión de mi representado traiga causa de una condescendencia del anterior titular de la finca D./D.ª [NOMBRE], de quien no podía suceder la propia demandante, como por ella era sabido.
Mi principal tiene título suficiente para poseer, y su posesión es en concepto de dueño, puesto que trae causa de la donación efectuada en vida por el causante de la actora y, por tanto, anterior a la apertura de la sucesión del mismo.
Tanto la manifestación del ánimo de liberalidad de D./D.ª [NOMBRE], titular registral en aquel momento de la finca, como la aceptación de mi representado constan en escritura pública (documento n.º [NÚMERO]). Consecuentemente, la propiedad de la finca de autos corresponde a mi mandante y nada podía adquirir el demandado respecto de la misma, puesto que la finca se había ya
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