Última revisión
29/09/2025
Contestación a la demanda de juicio ordinario de acción de retracto (por colindante)
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Orden: civil
Fecha última revisión: 29/09/2025
Tendrán el derecho de retracto los propietarios de las tierras colindantes cuando se trate de la venta de una finca rústica cuya cabida no exceda de una hectárea. Este derecho no es aplicable a las tierras colindantes que estuvieren separadas por arroyos, acequias, barrancos, caminos y otras servidumbres aparentes en provecho de otras fincas. Si dos o más colindantes usan del retracto al mismo tiempo será preferido el que de ellos sea dueño de la tierra colindante de menor cabida; y si las dos la tuvieran igual, el que primero lo solicite. (Artículo 1523 del Código Civil).
A TENER EN CUENTA. Por la reforma operada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán hechas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
Procedimiento: [ESPECIFICAR]
Número: [NÚMERO]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º [NÚMERO] / AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA/A LA SECCIÓN CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, según queda acreditado mediante la copia de escritura de poder que que...
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